Conoce las características de una Sociedad Anónima. Su costo, que tramite realizar, ventajas y desventajas y todo lo que necesitas saber sobre la Sociedad Anónima.
Una Sociedad Anónima tiene personalidad y capacidad jurídica. Esto quiere decir que tal cual como una persona física, la Sociedad Anónima puede tener a su nombre tanto bienes como derechos.
Por ello es importante que conozcas todos los detalles que esto implica y determines si es la mejor opción de acuerdo a tus necesidades.
En este artículo verás:
- 1 Que es una Sociedad Anónima
- 2 ¿Cuál es la responsabilidad de los socios?
- 3 ¿Cuáles son las aportaciones de los socios?
- 4 Principales características de la Sociedad Anónima (S.A)
- 5 Requisitos para constituir una Sociedad Anónima
- 6 Costo del trámite para crear una Sociedad Anónima
- 7 Tiempo estimado para la inscripción de una sociedad
- 8 ¿Qué formularios necesito para crear una Sociedad Anónima?
- 9 Ventajas e inconvenientes de una Sociedad Anónima
Que es una Sociedad Anónima
La Sociedad Anónima, o también conocida como empresa anónima o por sus siglas S.A., es un tipo de Sociedad Mercantil Capitalista nacida para las grandes acumulaciones de capital.
El objetivo principal de dicha sociedad es por lo general, el de concentrar dinero procedente de numerosos inversores para acometer grandes proyectos, que no se podrían realizar sin dicho capital.
Para llevar a cabo este cometido se divide el capital en acciones, que se reparten entre los socios inversores a raíz de la cantidad de dinero aportada por cada uno. De esta manera, cuantas más acciones tenga un socio, mayor será su participación en la compañía.
¿Cuál es la responsabilidad de los socios?
La responsabilidad asumida por cada uno de los socios será proporcional al capital aportado por éstos.
¿Cuáles son las aportaciones de los socios?
Con carácter general, las aportaciones realizadas por los socios tienen el carácter de dinerarias. Es decir, estos aportan dinero al capital social de la empresa.
Aún así, las aportaciones de estos también podrían no ser dinerarias, como es el caso del aporte de un inmueble. Las sociedades anónimas tienen un régimen muy estricto en este aspecto.
Principales características de la Sociedad Anónima (S.A)
- Concentración de capital. Su capital se encuentra dividido en acciones, que pueden o no cotizar en bolsa.
- Limitación de la responsabilidad de los socios, quedando la responsabilidad limitada según el aporte realizado.
- Capital social dividido en acciones, de carácter transferible.
- Facilidad de financiación
- Mayor estabilidad
La forma de administración: ejercida por órganos elegidos por los accionistas. Los órganos de gobierno de la S.A son:
- Órgano de Gobierno: a cargo de la Asamblea
- Órgano de Administración: Directorio formado por uno o más miembros que pueden ser o no accionistas. La mayoría de los directores deben residir en el país.
- Representación: presidente de la S.A.
- Fiscalización: a cargo del consejo de vigilancia o sindicatura
- La Junta General de Accionistas
Los bienes sociales pertenecen a la sociedad y no a sus socios, quienes tienen sobre esos bienes, acciones, que representan una porción ideal del capital social. Los socios están facultados para examinar los libros y los papeles de la sociedad, y pedir al administrador se les informe sobre lo que requieran en esos aspectos.
Las Sociedades Anónimas se deben constituir por instrumento público, y por acto único o por suscripción pública. El instrumento de constitución es un contrato. Si se trata del acto constitutivo de una Sociedad Anónima se lo denomina Estatuto o Estatuto social.
En la Ciudad de Buenos Aires deben registrarse ante la Inspección General de Justicia (IGJ) y se exige un capital mínimo de AR$ 100.000.
En Argentina, las sociedades anónimas están sometidas a fiscalización externa e interna. La fiscalización externa es ejercida por el Registro Público de Comercio correspondiente a la jurisdicción.
Existen además organismos reguladores para ciertas actividades. Por ejemplo, las sociedades que cotizan en bolsa son fiscalizadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV); las entidades financieras, por el Banco Central de la República Argentina (BCRA); las compañías de seguros, por la Superintendencia de Seguros (SSN).
La fiscalización interna, por lo general, está a cargo de uno o más síndicos nombrados por la asamblea de accionistas.
El cargo de síndico es opcional para las sociedades no controladas en forma permanente por un ente gubernamental.
La ley contempla, adicionalmente, el control del Consejo de Vigilancia, ente de objetivos amplios establecidos por los estatutos.

Requisitos para constituir una Sociedad Anónima
- Nombres propuestos para la sociedad (Tres variantes por orden de prioridad)
- Datos Personales De Los Socios incluyendo:
- Nombre y Apellido completos.
- Nacionalidad.
- Fecha de nacimiento.
- Estado civil y nupcias.
- Nombre y Apellido completos del cónyuge.
- Profesión.
- Si es argentino: L.E. – L.C. – D.N.I.
- Si es extranjero: D.N.I. – C.I. – PASAPORTE.
- Domicilio real.
- Nº de CUIT.
- Plazo de duración de la sociedad
- Domicilio social
- Objeto social. (Descripción precisa y concordante)
- Capital social.
- Monto (mínimo: $15.000.- SRL y $100.000.- SA)
- Forma de suscripción. (Porcentaje de cada socio)
- Forma de aporte: Dinero efectivo, bienes, mixto.
- Fecha de cierre del ejercicio
- En caso de que la sociedad tenga gerentes o directores que no sean
- Socios o síndicos en su caso, deberán suministrarse los datos
- Personales completos tal como se requieren en el punto nro. 2
- Capital
- Acciones: Cantidad y valor nominal de cada una.
- Tipo de Acciones: Nominativas, al portador, escriturales.
- Directorio
- Mínimo y máximo de integrantes.
- Duración del mandato: (Cantidad de ejercicios)
- Sindicatura: síndico titular y suplente.
En caso de prescindir de la sindicatura debe contar como mínimo con un director titular.
Costo del trámite para crear una Sociedad Anónima
El precio incluye los gastos de tasas y certificación notarial. Condiciones de pago: Adelanto del 100 % del trámite.
Habiendo reunido toda la documentación y realizado todos los pagos, se podrá dar inicio al trámite de constitución de sociedad ante la IGJ. Este organismo realizará el control de la documentación presentada y formulará observaciones en caso de detectar alguna irregularidad. Contestadas las observaciones y cumplimentados los requisitos correspondientes, procederá a realizar la inscripción.
Tiempo estimado para la inscripción de una sociedad
- 1 semana si el trámite se realiza con carácter urgente
- 30-45 días si el trámite se realiza con carácter normal
Presentando el trámite de constitución de una SA a través de la modalidad urgente, será inscripto en en un plazo de 5 días hábiles, contados desde su presentación y siempre y cuando el trámite no registre observaciones (RG IGJ Nº 30/2020). En estos casos, IGJ entregará el trámite finalizado, con el instrumento constitutivo inscripto y el número de CUIT asignado.
¿Qué formularios necesito para crear una Sociedad Anónima?
Formulario de constitución. Ingresar en «Formularios» y seleccionar el trámite «Constitución de sociedades…». A su vez, el formulario de Reserva de denominación social, si ésta se hubiere efectuado y estuviese vigente.
Dictamen de precalificación profesional, emitido por escribano público. Asimismo, deberá acompañarse Dictamen de precalificación profesional de graduado en ciencias económicas en el caso que:
- Todos o parte de los bienes aportados no sean sumas de dinero; o
- Cuando participara como accionista otra sociedad (excepto cuando el objeto de la participante sea exclusivamente financiero o de inversión).
Comprobante de pago de la tasa de constitución. La tasa se obtiene desde esta página web ingresando en «Tasas«. Se abonan en cualquier sucursal del Banco Nación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en las cajas de IGJ.
Declaración Jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente conforme artículo 511 del Anexo «A» de la Resolución General IGJ N° 7/15: debe ser presentada por los administradores y miembros del órgano de fiscalización.
Ventajas e inconvenientes de una Sociedad Anónima
Ventajas
- La responsabilidad frente a los acreedores es limitada, lo que pone a salvo su patrimonio personal en caso de quiebra.
- La transmisión de las acciones es libre, lo que facilita la incorporación de un amplio número de inversores.
- La Empresa Anónima da una imagen de ser un negocio serio y solvente, lo que facilita la entrada de nuevo capital.
Desventajas
- El capital social mínimo exigido es realmente elevado, lo que la hace inaccesible para la mayoría de emprendedores.
- La gestión administrativa está llena de trabas y regímenes jurídicos complejos pensados para grandes empresas y no para el resto.